El procedimiento para las rectificaciones del Acta de Estado Civil se encuentran contempladas en la ley 659 del 17 de Julio del 1944, el cual si bien resulta ser relativamente sencillo, la falta de conocimientos de los pasos a dar, asi como la duracion de los mismos puede confundir a los usuarios que necesiten realizar este tipo de gestion.
El primer procedimiento que debemos realizar es solicitar al tribunal civil del domicilio correspondiente de la Oficialia de Estado Civil que haya emitido el Acta de Estado Civil,una rectificacion de la misma, anexando ademas, todos los documentos que puedan demostrar de que se haya cometido un error en el mismo, asi como un original del Acta de Estado Civil que se pretende rectificar.
Luego de esta solicitud, el juez verificara la solicitud asi como tambien los documentos anexados que avalen dicha solicitud, y si encuentra que verdaderamente hay un error en el Acta de Estado Civil, el tribunal dictara una sentencia declarando el error en el Acta de Estado Civil
El siguiente paso es dirigirse con la sentencia emitida por el tribunal a la Junta Central Electoral (JCE), la cual debe estimar si procede o no la sentencia. Si la JCE entiende que la sentencia es valida, emitira un oficio, el cual ya con este, la Oficialia de Estado Civil procedera a corregir el error.